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El Terrorismo

Hay que acabar con la Doctrina Parot

El 28 de febrero de 2006 el Tribunal Supremo de España cometió una injusticia contra los presos en las cárceles españolas. Dictaminó en su sentencia contra Henri Parot qué la reducción de penas por buen comportamiento únicamente se aplicaría sobre la pena de mayor cuantía en vez de sobre el total de tiempo de encarcelamiento. Bajo el código penal de 1973 la pena máxima era de 30 años no importando cuantos miles de años de condena a los cuales se juzgaba el criminal. Era común que un preso condenado a más de mil años saldría libre tras haber cumplido 16 años en prisión al aplicarse la reducción de pena sobre el máximo tiempo que tendría que permanecer en la cárcel. Después de esta sentencia del Tribunal Supremo, conocida como la Doctrina Parot tendrá que cumplir 30 años en prisión, siempre y cuando en su condena aparezcan más de un hecho constitutivo de delito.

 Henri Parot fue la pesadilla de la democracia española, un etarra listo. Fue responsable de 82 muertes, la mayoría por coche bomba. Era un ciudadano frances que se iba de vaccaciones a España para matar. Su ciudadanía francesa le permitía un tránsito más libre por el territorio español. No ha mostrado arrepentimiento en ningún momento. La opinión pública está mayoritariamente en contra de su excarcelación. Aún así ha cumplido con el precio que dictaminó el código penal bajo el cual fue condenado. Debería ser puesto en libertad.

La Doctrina Parot fue aprobada por el Tribunal Supremo para acallar las voces de los medios de comunicación que montaron gran revuelo en contra de la tregua con ETA. La justicia se dejó influenciar por la opinión pública. Esta jurisprudencia anticonstitucional se ha aplicado ya contra decenas de presos, la mayor parte perteneciente a ETA, que deberían haber quedado en libertad por su acumulación de beneficios penitenciarios. El que sigan en la cárcel es una clara violación de su derecho constitucional de no sufrir medidas retroactivas.  Todas las anteriores personas condenadas bajo el código penal de 1973 se beneficiaron de las reducciones de penas.  El que eso ya no ocurra implica que a estos presos se les ha aplicado una medida retroactiva.

 Muchos de los presos a los cuales se le ha aplicado la doctrina Parot han recurrido la extensión de su condena ante el Tribunal Constitucional. Este, habiendo transcurrido más de cuatro años desde el recurso presentado por Henri Parot, todavía no se ha pronunciado.  Una sentencia en contra de esta Doctrina por parte del Tribunal Constitucional únicamente supondría la excarcelación de los presos que se han tomado la molestia de presentar recurso. Impediría además que esta Doctrina injusta se volviera a aplicar. Los presos que no hubieran presentado recurso cumplirán la pena máxima integra.

La máxima instancia de la justicia ordinaria, el Tribunal Supremo, comete de vez en cuando medidas injustas como en este caso de su Doctrina Parot. Por el revuelo de los medios de comunicación se dejó influenciar y dictaminó una medida retroactiva, y por lo tanto anticonstitucional. No se puede consentir que a raíz de una sentencia, presos condenados bajo el mismo Código Penal tengan que cumplir 15 años más en prisión que los muchos que se han beneficiado de reducciones en su condena. De un plumazo todos estos beneficios penitenciarios han desaparecido.

 

Los medios de comunicación le han dedicado a ETA un interés desproporcionado.  El terrorismo en España no es más que una causa de muerte que afecta una proporción pequeñísima de la población.  Por ejemplo más personas se suicidan en un año dado que el total de muertos por terrorismo desde el comienzo de la democracia en España. Unas mil muertes en unos cuarenta años es una proporción tan pequeña del total de muertes en este período de tiempo que es ridícula la cantidad de mares de tinta dedicadas a este tópico. La histeria colectiva provocada por los medios de comunicación y por el Partido Popular, la oposición española cuando se aprobó la Doctrina Parot, influenció a la última instancia de la justicia ordinaria. El Tribunal Supremo se dejó influenciar por el frenesí popular y tomó una medida que viola los derechos constitucionales de varios presos en las cárceles españolas.

Con mucho amor

Batiscafo

Comentarios   

0 # una hija de puta 23-10-2013 16:24
como vas a comparar que un individuo adulto decida por sí mismo anticipar su muerte a que un gilipollas por cuestiones ideologicas se lo imponga..o que pasa que hablamos de derechos humanos y sólo los que están dentro de instituciones penitenciarias. .por favor sé coherente..que tu argumento es vergonzoso
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0 # perico 21-11-2013 21:41
Es normal que no le guste al señor Rajoy. Esta ley. ¿A quién le va gustar? Si hubieran asesinado algún familiar de los que han dictado esa ley a ver cómo le hubieran caído, seguro que iban estar de acuerdo. si el Señor Rajoy hubiera aprobado eso de parot que no es un doctrina es una dictadura como la que crearon esos asesinos y corruptos que los ponen en libertad. Luego culpan al General Franco si existiera esos asesinos no hubieran asesinado tanta gente. Y a los familiares que le mataron a sus seres queridos. ¿Quien le paga la perdida de los seres queridos Estrasburgo? O los que consintieron poner en libertad a los terroristas y violadores en España.
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